Te compartimos la siguiente tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito no es arbitrario ni vulnera el derecho a la vida privada, al permitir que las autoridades hacendarias federales requieran información para fines fiscales relacionada con el secreto bancario, sin mediar autorización judicial. ⚖️
¿Qué opinas de este criterio de la SCJN? 🤔📄
Comments