#Infórmate el día 04 de octubre de 2023, se publicó un circular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el tema "Con motivo de la desocupación del domicilio fiscal, sin dar aviso, la autoridad no tiene que acudir tres veces consecutivas dentro de un año para poder suspender el plazo de prescripción del crédito fiscal"
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determino suspender el plazo de prescripción de un crédito fiscal con motivo de la desocupación de del domicilio sin aviso la misma autoridad no tiene la obligación de acudir 3 veces consecutivas en el periodo de un año para verificar la desocupación.
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